La Asociación de Padres de Familia es una entidad jurìdica de derecho privado, sin ánimo de lucro que surge en virtud del derecho fundamental de libre asociación consagrado en el artículo 38 de la Constitución Política de Colombia, nace por decisión libre y voluntaria de los padres de familia de los estudiantes …
matriculados en un establecimiento educativo, para el desarrollo de beneficios comunitarios. Por su naturaleza, es un ente que apoya el proceso pedagógico, independiente de la organización y funcionamiento del establecimiento educativo, por tanto su patrimonio y gestiòn están claramente separados del establecimiento educativo, de conformidad con lo establecido en el artìculo 9 del Decreto 1286 de 2005.
El artículo 10 del Decreto 1286 de 2005 establece que la asociación de padres tiene como principales finalidades:
§ “Apoyar la ejecuciòn del Proyecto Educativo Institucional y el plan de mejoramiento del establecimiento educativo.
§ Promover la construcciòn de un clima de confianza, tolerancia y respeto entre todos los miembros de la comunidad educativa.
§ Promover los procesos de formaciòn y actualizaciòn de los padres de familia.
§ Apoyar a las familias y a los estudiantes en el desarrollo de las acciones necesarias para mejorar su aprendizaje.
§ Promover entre los padres de familia una cultura de convivencia, soluciòn pacìfica de los conflictos y compromiso con la legalidad.
Artículo 9º.- El manejo de los fondos de las Asociaciones de Padres de Familia no podrá hacerlo el personal directivo o docente de los planteles. Esta función corresponde exclusivamente a aquellas personas a quienes, según los estatutos, elija la asamblea general previa constitución de la respectiva fianza.
Tomado del Diario oficial 45893 de abril 28 de 2005